Actualidad
16/12/2022
El 30 % de los coches no podrán acceder a las Zonas de Bajas Emisiones para 2023.
El coche se ha vuelto un medio de desplazamiento indispensable en el día a día de muchas personas: ir a la compra, al trabajo, llevar a los niños al colegio, etc. A día de hoy, tan solo el 0.5 % de los coches en circulación en España son eléctricos, los que menos impacto medioambiental tienen y el resto (más del 99 %), son de combustión (gasolina o diésel).
Tanto la contaminación atmosférica como el cambio climático son aspectos sobre los que la industria del automóvil está trabajando. Para paliar sus efectos y fomentar la transición de un parque de vehículos de combustión a uno 100 % eléctrico, entre otras medidas, la Unión Europea ha prohibido para 2035 la venta de vehículos diésel, gasolina e híbridos no enchufables. En España, sin embargo, según Ley de Cambio Climático y Transición Energética esta prohibición está establecida para el año 2040.
Además, con el fin de impulsar este proceso de descarbonización paulatino, esta Ley establece que para 2023 todas las ciudades de más de 50.000 habitantes deben disponer de una Zona de Bajas Emisiones (ZBE), un área de tráfico restringido a los vehículos más contaminantes con el objetivo disminuir la contaminación del aire. Esto significa que además de Madrid y Barcelona, que ya tenían una ZBE, otras 147 ciudades españolas tendrán que adaptarse a la normativa. Sin embargo, según un estudio realizado por EL PAÍS, tan solo el 13 % (20 de las 149) las tendrán activas para el 1 de enero de 2023.
A la Ley de Cambio Climático y Transición Energética se le puede sumar la Ley de Movilidad Sostenible, por ahora todavía en proceso de aprobación tras la validación del Gobierno. Esta Ley constituirá el marco normativo para las políticas públicas de transporte y movilidad. También busca reforzar el papel de las ZBE, reguladas en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, abriendo las puertas a que los ayuntamientos puedan establecer una tasa por la circulación de vehículos en las zonas de bajas emisiones. Pero como indicamos, todavía está en proceso de aprobación.
Si no vive en Madrid o Barcelona puede que no esté familiarizado con estas zonas, así que vamos a detenernos un instante en detallarlas un poco más. Según la Ley de Cambio Climático, una ZBE es una zona en la que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire. Y que además cuyos detalles quedan a decisión de las propias ciudades. No obstante, todas las ZBE tendrán que someterse a una revisión cada cuatro años para cerciorarse de que se están aplicando de forma correcta y adaptarse a nuevos requerimientos. El acceso o estacionamiento sin autorización (sin el distintivo ambiental que le autoriza) conllevará una sanción económica de 200€ (100€ con pronto pago).
Los coches sin etiqueta no podrán acceder a las ZBE, mientras que los que dispongan de distintivo B o C, sí podrán entrar, pero no podrán estacionar en la vía pública, la cual queda reservada para los coches ECO y 0.
Desde el año 2018, la Dirección General de Tráfico (DGT) distingue cuatro etiquetas diferentes:
Si tiene cualquier duda, puede conocer su distintivo introduciendo su matrícula en la página web de la DGT.
Ciudades como L'Hospitalet de Llobregat, Pamplona, Sant Cugat del Vallès, Rivas-Vaciamadrid, Cornellà de Llobregat, Pontevedra, Córdoba o Madrid ya tienen en vigor una ZBE. Otras como Parla, Algeciras, Sevilla, Coslada o Ciudad Real lo harán a lo largo de enero de 2023. El caso más conocido es Madrid ya que entró en vigor en el año 2018. Hasta finales de 2022, los vehículos sin etiqueta ambiental podían circular por la M-30 pero no entrar en ella. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2023, los vehículos sin distintivo ambiental (Etiqueta A), tampoco podrán circular por la M-30 a excepción de: vehículos empadronados, los matriculados como históricos, personas con movilidad reducida, vehículos de emergencia y Fuerzas Armadas o vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores).
Los demás vehículos, etiquetas B, C, ECO o 0, sí podrán circular por la M-30. No obstante, si se pregunta qué coches pueden entrar en Madrid Central (actualmente, Madrid 360), aquí tiene la respuesta. El Distrito Centro de Madrid es una Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) y por lo tanto, tiene restricciones especiales, en consecuencia tan solo los vehículos ECO y 0 pueden aparcar en la calle dentro de Madrid Central, pudiendo los B y C circular por ella pero siendo obligatorio el aparcamiento en parking. Puede consultar las restricciones de su vehículo para circular por Madrid aquí.
Barcelona, cuya ZBE entró en funcionamiento desde el 1 de enero de 2020, tiene un horario de aplicación de lunes a viernes (laborables) de 7 de la mañana a 20 de la tarde y afecta a los vehículos sin etiqueta, que no podrán circular dentro de las ZBE de Barcelona.
Por su parte, la ZBE de Sevilla de Cartuja se implementará a partir de 2023 y que estará activa de lunes a viernes, no festivos, en horario de 7 horas a 19 horas. Por ella podrán circular sin restricción alguna ni registro previo todos aquellos vehículos con distintivo ambiental “B”, “C”, “Eco” y “Cero Emisiones”, quedando prohibida la circulación de vehículos sin etiqueta en el horario y días fijados. Ciudades como Córdoba o Pontevedra todavía no han detallado cuáles serán sus restricciones aunque se espera que sigan las Directrices para la creación de zonas de bajas emisiones propuestas desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Por último, cabe destacar que si no reside en un municipio de más de 50.000 habitantes, no tendrá que preocuparse por este tipo de restricciones y que tanto la Etiqueta B como C no tienen restricciones más allá de la ZBE.
Bonus: Si tiene pensado viajar fuera de España, consulte las restricciones del país de destino, ya que el distintivo ambiental de la DGT no es válido para acceder a las Zonas de Bajas Emisiones de otros países.